El Jurado Nacional de Elecciones indicó que estas disposiciones se dan con motivo del Referéndum Nacional 2018 y la Segunda Elección Regional.

Estas son las restricciones electorales que empezarán a regir desde el lunes 3.

A partir de este lunes 3 de diciembre comenzarán a regir las restricciones electorales debido al Referéndum Nacional 2018 y la Segunda Elección Regional, que se realizarán el próximo domingo 9 de diciembre, precisó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

Las restricciones inician desde las 00:00 horas del lunes con la prohibición de la difusión o publicación de encuestas de intención de voto en los medios de comunicación, de acuerdo con Ley Orgánica de Elecciones (LOE).

La directora nacional de Fiscalización y Procesos Electorales del JNE, Yessica Clavijo Chipoco, explicó que a quienes incumplan esta disposición les corresponderá una multa de entre los 10 y 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) (entre S/41.500 y S/415.000).

Agregó que desde el viernes 7 de diciembre quedará restringida la realización de mítines o reuniones de carácter político. La vulneración de esta norma, según lo prevé el artículo 190 de la LOE, se sanciona con carcelería no menor de tres meses ni mayor de dos años.

Además, la propaganda política estará suspendida desde las 00:00 horas del sábado 8, y su incumplimiento acarreará una multa de entre 30 y 100 UIT o prisión no menor de dos años.

Clavijo Chipoco recordó que están vigentes las restricciones a la publicidad estatal y las normas de neutralidad. “No se puede hacer uso de recursos públicos por alguna de las alternativas, sea en la segunda vuelta o en el referéndum”, dijo.

Respecto a la venta de bebidas alcohólicas, manifestó que desde las 8:00 horas del sábado esta quedará prohibida, prorrogándose hasta las 8:00 horas del lunes 10. Su vulneración se sanciona con cárcel no mayor de seis meses, multa de S/2.790 y pena accesoria de inhabilitación.