El JEE solicitó al Poder Judicial
precisar situación del candidato a la Alcaldía de Lima de Podemos Perú.
El Jurado Electoral Especial (JEE) de
Lima Centro solicitó este lunes al Juzgado Penal 17 de la Corte Superior de
Lima “a la brevedad posible y con celeridad” información sobre el estado
procesal actual de Daniel Urresti, candidato a la Alcaldía de Lima.
La solicitud fue enviada a la jueza
Irina Villanueva, quien en el 2017 sentenció a Daniel Urresti por el delito de
difamación agravada. La razón: existe un nuevo pedido de exclusión de las
elecciones contra el candidato de Podemos Perú. El ciudadano Belisario Sueldo solicitó
la exclusión el último sábado. Señaló que el ex ministro del Interior tiene una
sentencia “consentida y ejecutoriada” de un año de pena privativa de libertad
suspendida por difamar al ex jefe de la Región Policial Suroriente Rodrigo
Prada.
El Reglamento de Inscripción de Listas
de Candidatos para Elecciones Municipales, en el artículo 39.2, señala que el
JEE dispone la exclusión de un candidato cuando este tenga una condena
“consentida o ejecutoriada con pena privativa de la libertad”. Entre los documentos presentados por
Sueldo, está la resolución N°38 expedida el viernes pasado por el despacho de
la jueza Villanueva. Esta indica: “cúmplase lo ejecutoriado” en su sentencia de
agosto, la que fue confirmada en abril del 2018.
Daniel Urresti fue condenado hace un año
por dicho delito y un tribunal superior ratificó la decisión. Pero su defensa
presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema al considerar que ha sido
sentenciado por un acto no previsto como delito. Por este recurso que está en la Mesa de
Partes de la Sala Penal Permanente, Urresti asegura que no se trata de una
sentencia consentida y que tampoco está en ejecución.“Mientras se encuentre
pendiente de resolver nuestro recurso ante la Corte Suprema, no puede considerarse
como consentida o ejecutoriada la condena”, dijo en una carta al JEE.
Abogados consultados por este Diario
afirman que la resolución del juzgado confirma que la sentencia está
ejecutoriada. “La queja no interrumpe el hecho de que la sentencia esté
ejecutoriada. Deberían haberlo excluido de la contienda”, afirmó el experto
penalista Luis Lamas Puccio. En la misma línea se mostró el
especialista en derecho electoral José Tello: “Lo que dice la resolución es que
tiene que ejecutarse la sentencia. Que se haya interpuesto un recurso no lo
impide”.
Antecedente:
El 28 de agosto, el Jurado Electoral
Especial (JEE) de Lima Centro rechazó un pedido de exclusión contra Daniel
Urresti por este mismo caso. Señaló que la condena por difamación no había sido
consentida y que el candidato interpuso un recurso de queja, el mismo que está
pendiente.
Pedido:
La defensa de Urresti solicitó ayer al
JEE un plazo para que la Corte Suprema emita una certificación de que su recurso
de queja ha sido admitido.
Precisión:
El JEE puede excluir a un candidato
hasta un día antes de las elecciones.
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